Trump reclama la Luna: ¿qué dice el derecho internacional?

El presidente de los Estados Unidos Donald Trump publicó un mensaje inusual sobre la Luna. El 6 de septiembre, en su página de Truth Social, compartió una imagen con la Luna, la bandera estadounidense y « The moon is ours » — « La Luna es nuestra » con dicha inscripción.
Sin embargo, desde el punto de vista del derecho internacional, la Luna no es territorio de ningún Estado. Este asunto está regulado por el Tratado sobre el espacio ultraterrestre que entró en vigor en 1967.
El artículo 2 del tratado establece que el espacio, la Luna y otros cuerpos celestes no pueden ser objeto de apropiación nacional por soberanía, uso, ocupación o cualquier otro medio.
Asimismo, el documento estipula que la Luna y otros cuerpos celestes están abiertos a la exploración y uso por parte de todos los Estados, sin discriminación y con fines pacíficos.
Por lo tanto, la inscripción de Trump « La Luna es nuestra » no puede considerarse una reclamación territorial oficial de EE. UU. sobre la Luna. El hecho de que astronautas estadounidenses hayan alunizado o realizado investigaciones allí no otorga al país el derecho a declarar la Luna como su territorio.
El Tratado sobre el espacio ultraterrestre entró en vigor en 1967 y es uno de los documentos fundamentales del derecho espacial internacional. Según la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de la ONU, Uzbekistán se adhirió a este tratado el 17 de octubre de 2024.

















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